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(Google Negro). Si GOOGLE tuviera una pantalla negra, teniendo en cuenta la gran cantidad de personas que lo usamos, se calcula que podríamos ahorrar una media de 750 megavatios/hora anualmente.
Como respuesta, Google ha creado una versión con fondo negro con exactamente las mismas funciones que la tradicional. Recomendamos su uso para que pase a ser el formato permanente y así contribuyamos al ahorro de energía.
ACS Y FOTOVOLTÁICA MARCO LEGAL
- Con la aprobación del nuevo CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACIÓN (CTE), aprobado por RD 314/2006, de 28 de marzo, se instala un nuevo marco normativo en nuestro país, que acentúa la calidad de los edificios de nueva construcción, así como las obras de ampliación, modelación y reforma de los mismos. En especial, se constituyen en obligatorias las normas relativas al ahorro energético, que preocupan enormemente a los gobiernos y a los ciudadanos. Desde el 28 de septiembre de 2006 la aplicación del CTE es obligatoria.
Sección H4. Contribución solar mínima de Agua Caliente Sanitaria.
Sección H5. Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica.
- Con fecha 20 de julio, se ha aprobado el RD 1027/2007, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. Esta norma entrará en vigor en enero de 2008. El RITE se aplicará a las instalaciones térmicas en los edificios de nueva construcción y a las instalaciones térmicas en los edificios construidos, en lo relativo a su reforma, mantenimiento, uso e inspección
- FOTOVOLTÁICA. El establecimiento de un sistema de ayudas que garanticen una atractiva rentabilidad a la actividad de producción de energía en régimen especial, es el objetivo del nuevo Real Decreto 661/2007 (que sustituye al RD 436/2004) aprobado por el Consejo de Ministros para regular en los próximos años el régimen jurídico y económico de las instalaciones generadoras de energía eléctrica que utilicen como materia prima energías renovables. La nueva regulación busca una estabilidad en el tiempo que permita a los empresarios una programación a medio y largo plazo, así como una rentabilidad suficiente y razonable que, unida a la estabilidad, dote de atractivo a la inversión y a la dedicación a esta actividad.
CERTIFICACION DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente el RD por el que se pone en marcha el procedimiento para la certificación de Eficiencia Energética, incorporando al ordenamiento jurídico español la Directiva europea 2002/91/CE de Eficiencia Energética de los Edificios. Esta normativa obligará a certificar energéticamente a los edificios de nueva construcción o los que se rehabiliten y que se proyecten, entrando en vigor la norma a partir 31 de octubre de 2007.
Cuando los edificios sean proyectados, construidos, vendidos o alquilados, se deberá poner a disposición del comprador o inquilino un certificado de eficiencia energética, que le permita comparar y evaluar la eficiencia energética del edificio. Este certificado de eficiencia energética irá acompañado de una etiqueta que estará incluida en toda la publicidad utilizada en la venta o arrendamiento del edificio. A cada edificio le será asignada una clase energética, de acuerdo con una escala de 7 letras y 7 colores, que van desde el edificio más eficiente (clase A) al edificio menos eficiente (clase G). La valoración se hará en función del CO2 emitido por el consumo de energía.
Para alcanzar la eficiencia máxima clase A, el porcentaje de ahorro debe ser superior al 60% que marca el CTE.
La obligatoriedad de dicho certificado de eficiencia energética a partir del próximo mes de octubre, entendemos que será un argumento de compra más, y supondrá una transformación del mercado hacia la calidad medioambiental.



